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GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en MARANIELLO, ROMULO FERNANDO CONTRA GCBA SOBRE DAÑOS Y PERJUICIOS (EXCEPTO RESPONSABILIDAD MEDICA)

El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deniega el recurso extraordinario federal del GCBA por no cumplir los requisitos constitucionales y procesales para su admisión. La sentencia de grado que rechazó su impugnación no presenta cuestiones federales sustantivas que justifiquen su revisión por la Corte Suprema.

Danos y perjuicios Indemnizacion Recurso extraordinario federal Responsabilidad del estado Valor del bien Bienes inmuebles Relacion directa Cuestion no constitucional


- Quién demanda: Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA)

¿A quién se demanda?

No se demanda en esta causa, sino que se analiza un recurso del GCBA contra una sentencia previa

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Revisión de la decisión que rechazó su recurso de queja por motivos procesales, alegando vulneración de derechos constitucionales y arbitrariedad

¿Qué se resolvió?

Se deniega el recurso extraordinario federal por improcedente, al no plantearse una cuestión federal que involucre directamente la competencia de la Corte Suprema, y por tratarse de aspectos procesales y de hecho que no habilitan la vía excepcional.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La sentencia impugnada rechazó el recurso de queja del GCBA por no poner en crisis la resolución interlocutoria que denegó la inconstitucionalidad, y por no contener planteos constitucionales suficientes.
- La jurisprudencia de la CSJN establece que las decisiones que declaran la improcedencia de recursos de orden local generalmente son ajenas a la competencia del recurso extraordinario, dado su carácter fáctico y procesal.
- La mera mención de preceptos constitucionales sin una relación fundada y directa con lo decidido en autos no habilita la vía federal, conforme a los estándares de la Corte.
- La alegación de arbitrariedad de sentencia no es de competencia del tribunal emisor del fallo, salvo en casos de deficiencias lógicas o ausencia de fundamentación normativa, lo cual no se acreditó.
- El GCBA no cumplió con los requisitos del reglamento de la CSJN para la sustanciación del recurso, y no demostró relación directa entre normas constitucionales invocadas y lo decidido.
- Por todo ello, corresponde rechazar el recurso con costas a la parte vencida.

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