RELEVAMIENTOS DIGITALES SA CONTRA GCBA Y OTROS SOBRE REPETICION
La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires declara que el recurso de inconstitucionalidad del GCBA fue mal concedido en parte, confirmando la declaración de inconstitucionalidad de la resolución 4151-SHyF-2003 respecto a la tasa de interés y rechazando los demás agravios, con costas. La decisión se basa en que no se demostró la vulneración de derechos constitucionales ni la existencia de un caso constitucional en los agravios presentados.
- Quién demanda: Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA)
¿A quién se demanda?
Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (en su función de control constitucional)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Que se declare la inconstitucionalidad de la resolución 4151-SHyF-2003 y otros agravios relacionados con la interpretación judicial y la valoración de pruebas y antecedentes normativos.
¿Qué se resolvió?
Se declara que el recurso de inconstitucionalidad del GCBA fue mal concedido en la parte que cuestionaba la declaración de inconstitucionalidad de la resolución 4151-SHyF-2003, y se rechazan los demás agravios. La sentencia concluye que no se configuran vicios que hagan procedente la revisión del pronunciamiento judicial por vía del control constitucional.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La sentencia de la Cámara interpretó razonablemente la normativa y el contexto macroeconómico, considerando que la aplicación de una tasa de interés menor a la prevista en la resolución 4151/2003 resulta insuficiente para resguardar el valor del capital en un contexto inflacionario. La interpretación adoptada no configura un acto arbitrario ni viola derechos constitucionales. La queja del GCBA no contiene una crítica concreta y fundada del auto denegatorio del recurso de inconstitucionalidad, limitándose a expresar disconformidad con la valoración de las pruebas y las interpretaciones jurídicas, lo cual no habilita su revisión en sede constitucional. La pretensión de revisión de la validez del acto administrativo y la existencia del saldo a favor fue resuelta en las instancias de mérito, enmarcándose en la valoración de la prueba y la interpretación del derecho, competencias propias del juez de mérito. La defensa del GCBA respecto de la inhabilitación de la instancia y la valoración de la prueba pericial fue desestimada por la Cámara, que actuó dentro de su competencia. La crítica del GCBA sobre la valoración probatoria no constituye un supuesto de sentencia arbitraria.
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