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BECERRA, CAROLINA Y OTROS s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en BECERRA CAROLINA Y OTROS CONTRA GCBA Y OTROS SOBRE EMPLEO PUBLICO (NO CESANTIA NI EXONERACION)

La Sala del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires rechazó la queja contra la denegación de recurso de inconstitucionalidad, argumentando que no se acreditaron razones que justifiquen la suspensión del proceso, manteniendo la continuidad del trámite.

Falta de fundamentacion Efecto suspensivo Queja por denegacion del recurso de inconstitucionalidad


- Quién demanda: El Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CMCBA).

¿A quién se demanda?

El Tribunal en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo (Sala Ad Hoc de la Cámara).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La concesión de la suspensión del proceso y la admisión de la queja por recurso de inconstitucionalidad denegado, alegando vulneración de principios constitucionales por la intervención judicial en las potestades del CMCBA.

¿Qué se resolvió?

La Sala rechazó la solicitud de suspensión del proceso y la concesión de la queja, confirmando que la falta de argumentos suficientes sobre la magnitud del perjuicio impide apartarse de la regla general que establece que la queja por recurso de inconstitucionalidad denegado no suspende el proceso. Además, entendió que el recurrente no demostró que la denegación del recurso hubiere sido mal concedida ni que la medida fuera indispensable para preservar los efectos de una eventual sentencia favorable.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La juez Weinberg expresó que “la interposición de una queja por recurso de inconstitucionalidad denegado no suspende —por regla— el curso del proceso” y que “el Tribunal solo excepcionalmente puede resolver mediante decisión expresa la suspensión de los efectos o ejecución del pronunciamiento impugnado”. Agregó que “el CMCBA no expone argumentos suficientes sobre la magnitud y/o la irreparabilidad del perjuicio que les ocasionaría el cumplimiento de la sentencia cuestionada”, por lo que no se justifica la excepción a la regla general. El juez Lozano señaló que “el recurrente no muestra que sea evidente que su recurso de inconstitucionalidad hubiese sido mal denegado”, y que “tampoco que la medida solicitada sea indispensable para preservar los efectos de la sentencia que pudiera emitir este Tribunal”. La jueza Ruiz sostuvo que “la falta de acreditación de razones que permitan hacer excepción a dicha regla conduce al rechazo del pedido”, considerando insuficientes los fundamentos del CMCBA para justificar la suspensión. La decisión final fue que “se rechaza el planteo de suspensión del proceso efectuado por el CMCBA” y que “se continúe con el trámite de las quejas”.

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