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Telefónica de Argentina SA c/ GCBA s/ impugnación de actos administrativos s/ recurso de inconstitucionalidad concedido

El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires rechaza la queja y el recurso de inconstitucionalidad promovidos por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en un expediente que revoca la sentencia previa y confirma la declaración de inconstitucionalidad del acto administrativo.

Prueba Revocacion de sentencia Recurso extraordinario federal Servicios publicos Jurisprudencia de la corte suprema Servicio de telecomunicaciones Tributos Recurso de inconstitucionalidad Exenciones tributarias Queja por denegacion del recurso de inconstitucionalidad Devolucion del expediente Facultades tributarias de la ciudad de buenos aires Uso y ocupacion de la superficie, espacio aereo de dominio publico o privado y subsuelo Antena de transmision


- Quién demanda: Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA)

¿A quién se demanda?

Telefónica de Argentina SA

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Impugnación de actos administrativos y cuestionamiento de la exención prevista en el art. 39 de la ley 19.798 en relación a Telefónica.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires, en virtud del fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación del 02-07-2024, rechaza los recursos de queja y de inconstitucionalidad interpuestos por el GCBA, confirmando la decisión anterior que había declarado la inconstitucionalidad del acto en cuestión. La resolución se basa en la doctrina establecida por la CSJN en Fallos 337:858, remitiéndose al pronunciamiento del 15-07-2014 en “NSS S.A. c/ GCBA s/ proceso de conocimiento”. La mayoría de los jueces consideran que la parte vencida pudo creerse con derecho a recurrir, y que la decisión debe ser confirmada con costas. Fundamentos principales: “Los jueces en mayoría señalaron que la Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó la sentencia del Tribunal que hizo lugar al recurso de inconstitucionalidad del GCBA, en tanto que, en definitiva, se sostuvo la inconstitucionalidad del acto administrativo cuestionado. La resolución del tribunal, en línea con la doctrina del fallo “NSS S.A.”, sostiene que las cuestiones planteadas deben resolverse en el marco de la jurisprudencia constitucional y administrativa, remitiéndose a fallos previos en los que se estableció la constitucionalidad o inconstitucionalidad de las exenciones en el marco de la ley 19.798. Además, los jueces destacaron que la parte vencida pudo creerse con derecho a recurrir, por lo que corresponde rechazar la queja y el recurso de inconstitucionalidad con costas.”

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