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INCIDENTE DE COMPETENCIA EN AUTOS DJE S/ AMENAZAS S/ CONFLICTO DE COMPETENCIA

El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires confirma la competencia del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional nº 58 en un incidente de competencia por conflicto entre juzgados. La decisión se fundamenta en la doctrina del precedente “Bazán” y en la necesidad de evitar la revictimización en casos de violencia de género.

Violencia de genero Conflicto negativo de competencia Amenazas simples Penal cont. y faltas / nac. crim. y corr. Mayor grado de conocimiento Competencia criminal y correccional Delito transferido Principio de no revictimizacion

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: La damnificada, quien denunció amenazas, agresiones y violación de domicilio por parte de su expareja. Demandado: El expareja de la denunciante. Objeto de la demanda: Conflicto de competencia entre juzgados en relación a un proceso penal por amenazas y violencia de género. Decisión del tribunal: La Cámara resuelve declarar la competencia del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional nº 58, remitiendo las actuaciones a dicho tribunal. La decisión se fundamenta en que la controversia se enmarca en un mismo contexto de violencia de género, y que la intervención del fuero nacional resulta más adecuada para garantizar la protección de la víctima, evitar la revictimización y optimizar la administración de justicia. La jueza Ruiz remarca que, si bien existe una discrepancia con la doctrina de la Corte Suprema en “Petruccelli” y en “Bazán”, la mayoría de los magistrados consideran que la competencia del tribunal nacional es la correcta. El voto en disidencia del juez Lozano sostenía que la causa debía tramitarse en el juzgado local. Fundamentos principales:
- La causa involucra hechos relacionados en un mismo contexto de violencia de género, que ameritan una única intervención judicial para evitar la revictimización y promover la economía procesal.
- La intervención del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional nº 58 ha sido mayor en términos de conocimiento, investigación y decisiones de mérito, incluyendo el sobreseimiento del imputado respecto de algunos ilícitos.
- La doctrina del precedente “Bazán” y el criterio de la Corte Suprema en “Petruccelli” orientan a que, en conflictos entre magistrados de la misma jurisdicción en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, corresponde al Tribunal Superior de Justicia resolver la competencia.
- La intención de priorizar la protección integral de la víctima y la adecuada administración de justicia justifica la declaración de competencia del juzgado nacional.

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