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GEOMAR RAMIR, TELLECHEA CONTRERAS s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en GEOMAR RAMIR, TELLECHEA CONTRERAS Y OTROS SOBRE 128 1 PARR - DELITOS ATINENTES A LA PORNOGRAFIA (PRODUCIR/PUBLICAR IMAGENES PORNOGR. C MENORES 18)

La Sala II del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires rechazó el recurso de inconstitucionalidad por inadmisibilidad, considerando que la defensa no logró demostrar la existencia de una cuestión constitucional o federal, ni arbitrariedad en la sentencia. La decisión se fundamentó en que los planteos se centraban en valoración de prueba y hechos, ámbitos ajenos a esta instancia.

Fundamentacion del recurso Arbitrariedad de sentencia Intimacion Prueba informatica Cadena de custodia Falta de fundamentacion Relacion directa Cuestiones de hecho y prueba Sentencia condenatoria Cuestiones de hecho y derecho comun Deposito previo Pornografia infantil Direccion ip Queja por denegacion del recurso de inconstitucionalidad Cuestion no constitucional Falta de integracion Distribucion de imagen pornografica Produccion de la prueba


- Quién demanda: Geomar Ramir Tellechea Contreras, en representación del imputado.

¿A quién se demanda?

Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso de inconstitucionalidad contra la sentencia que confirmó la condena por delitos relacionados con pornografía infantil.

¿Qué se resolvió?

La Sala II rechazó el recurso de inconstitucionalidad por inadmisibilidad, afirmando que la defensa no fundamentó adecuadamente su queja y que las cuestiones planteadas eran de valoración de prueba y hechos, ajenas a la competencia de este Tribunal.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Los jueces señalaron que la queja fue presentada en tiempo y forma, pero carecía de fundamentación suficiente para demostrar la configuración de una cuestión constitucional o federal o un acto arbitrario. La valoración de las pruebas y la interpretación de las normas infraconstitucionales corresponden a los jueces de mérito, y este Tribunal no revisa cuestiones de hecho o prueba, salvo excepciones que no se presentaron en este caso. La defensa no logró acreditar la existencia de una arbitrariedad ni una vulneración constitucional concreta, limitándose a cuestionar aspectos de valor probatorio, lo cual es ajeno a su competencia. Además, la falta de crítica concreta y fundada en la queja llevó al rechazo del recurso.

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