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METROVIAS sa s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en METROVIAS S.A. CONTRA ENTE UNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PUBLICOS DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES SOBRE RECURSO DIRECTO SOBRE RESOLUCIONES DEL ENTE UNICO REGULADOR DE SERVICIOS PUBLICOS

La Corte Suprema de Justicia de la Nación deniega el recurso extraordinario de Metrovías contra la resolución que rechazó su queja por recurso de inconstitucionalidad, argumentando que la cuestión no involucra materia federal, sino interpretaciones de leyes locales y de derecho común.

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- Quién demanda: Metrovías S.A.

¿A quién se demanda?

Ente Único Regulador de Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (EURSPCABA)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La declaración de nulidad de una sanción impuesta por el EURSPCABA, y la revisión del rechazo de su queja por inconstitucionalidad.

¿Qué se resolvió?

La Corte deniega el recurso extraordinario federal, argumentando que la causa versa sobre interpretación y aplicación de leyes locales y de derecho común, por lo cual no constituye una cuestión federal habilitante del recurso. Además, descarta la existencia de una cuestión constitucional que justifique la vía extraordinaria, y afirma que la alegación de arbitrariedad no encuentra sustento en los términos del recurso.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Corresponde denegar el recurso extraordinario federal interpuesto por Metrovías pues no logra demostrar que la cuestión cuyo conocimiento pretende someter a la instancia extraordinaria sea una de las previstas en el art. 14 de la ley 48." "El pleito fue promovido por la recurrente con el objeto de obtener la declaración judicial de nulidad de una sanción que le fue impuesta por el EURSPCABA, creado por el art. 138 de la CCBA. La cuestión debatida en autos estuvo principalmente acotada a la interpretación y aplicación de normas locales y de derecho común (entre ellas, las leyes 210 y 24.240)." "La CSJN tiene dicho que los asuntos regidos por el derecho local son, por regla, ajenos a su control por vía del recurso extraordinario federal... El respeto a las autonomías locales requiere que se reserve a sus jueces el conocimiento y decisión definitiva de las causas que, en lo sustancial, versan sobre la interpretación y aplicación de las leyes y disposiciones de orden local." "Tampoco autoriza a habilitar la vía extraordinaria la invocación genérica de cláusulas constitucionales que la actora efectúa para justificar la existencia de cuestión federal... dado que la recurrente no acredita la necesaria relación directa entre ellas y la decisión adoptada." "En lo que respecta al planteo de arbitrariedad de la sentencia, cabe afirmar que por regla general no corresponde al tribunal emisor del fallo pronunciarse al respecto; y, por lo demás, a partir de los términos en que ha sido concebido el recurso en el sub lite no se justifica aquí hacer excepción a la regla." "Por lo expuesto, corresponde denegar el recurso extraordinario federal deducido por Metrovías." "

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