METROVIAS sa s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en METROVIAS S.A. CONTRA ENTE UNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PUBLICOS DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES SOBRE RECURSO DIRECTO SOBRE RESOLUCIONES DEL ENTE UNICO REGULADOR DE SERVICIOS PUBLICOS
El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires rechaza la solicitud de suspensión del proceso presentada por Metrovías SA en una queja por recurso de inconstitucionalidad denegado, confirmando que la regla general es que dicha queja no suspende el curso del proceso.
¿Quién es el actor?
Metrovías S.A.
¿A quién se demanda?
Ente Único Regulador de Servicios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Solicitud de suspensión del proceso hasta la resolución de la queja por recurso de inconstitucionalidad denegado
¿Qué se resolvió?
Se rechaza la solicitud de suspensión del proceso; continúa con el trámite de la queja
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Es doctrina reiterada del Tribunal que la interposición de una queja por recurso de inconstitucionalidad denegado no suspende —por regla— el “curso del proceso” (art. 33, ley 402). El Tribunal solo excepcionalmente puede resolver mediante “decisión expresa” la suspensión de los efectos o ejecución del pronunciamiento impugnado, previa expedición sobre la admisibilidad de la queja, pero para obrar así debe contar con una razón seria que la justifique, en tanto ello supone reconocer una excepción a la regla y sustraer el trámite del proceso de su cauce normal." "La parte recurrente no expone argumento alguno sobre la magnitud y/o carácter irreparable del perjuicio que le ocasionaría el cumplimiento de la sentencia cuestionada, que permita hacer excepción a la regla general." "La recurrente no brinda ninguna razón que permita apartarse de la jurisprudencia que indica que la falta de acreditación de razones que permitan hacer excepción a dicha regla conduce al rechazo del pedido." "En consecuencia, corresponde rechazar la petición."
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