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GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en SHEN, KAI FANG Y OTROS CONTRA GCBA Y OTROS SOBRE DAÑOS Y PERJUICIOS (EXCEPTO RESPONSABILIDAD MEDICA)

La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo denegó el recurso de inconstitucionalidad del GCBA, confirmando la responsabilidad y los montos indemnizatorios en un caso de daños por accidente de tránsito que afectó un local comercial y causó daños psíquicos y morales a los actores.

Accidente de transito Danos y perjuicios Indemnizacion Dano psicologico Lucro cesante Dano emergente Responsabilidad del estado Fundamentacion del recurso Apreciacion de la prueba Falta de fundamentacion Cuestiones de hecho y prueba Queja por denegacion del recurso de inconstitucionalidad Cuestion no constitucional Responsabilidad del dueno o guardian de la cosa


- Quién demanda: Kai Fang Shen y Huilian Xie

¿A quién se demanda?

Policía Metropolitana y/o titular del vehículo, GCBA, Caja de Seguros S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

indemnización de $2.492.500 por daños derivados de accidente de tránsito ocurrido el 6/11/2015, incluyendo daños materiales, morales, psicológicos, gastos de reconstrucción y lucro cesante

¿Qué se resolvió?

El tribunal de primera instancia condenó al GCBA a pagar $1.830.500, extendiendo la sentencia a la aseguradora, y la Cámara de Apelaciones hizo parcialmente lugar al recurso del actor y rechazó el del GCBA, confirmando la responsabilidad y la cuantía. La queja del GCBA fue denegada, considerándose que no se demostraron cuestiones constitucionales ni arbitrariedad en la sentencia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Sala interviniente sostuvo que la decisión no incurrió en arbitrariedad y que la valoración de la prueba fue adecuada. Se confirmó la responsabilidad del GCBA por el daño causado por un patrullero, en línea con la interpretación del artículo 61 de la ley 24.449, que prioriza la seguridad pública. La queja del GCBA no logró demostrar la existencia de una cuestión constitucional concreta, ni que la sentencia fuera arbitraria o vulnerara derechos constitucionales. La mera disconformidad con la valoración probatoria no habilita la revisión por vía de inconstitucionalidad. La jurisprudencia del Tribunal sostiene que la queja requiere una crítica concreta y fundada del auto denegatorio, lo cual no ocurrió. Los agravios relacionados con la valoración de la prueba y la cuantificación de daños fueron considerados cuestiones de hecho o de derecho procesal, ajenas a la competencia del Tribunal en la vía de inconstitucionalidad. La sentencia fue fundamentada y no se constató que hubiera vulneración de derechos constitucionales o que la decisión fuera arbitraria.

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