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INCIDENTE DE INCOMPETENCIA EN AUTOS A DETERMINAR, NN SOBRE 172 - ESTAFA

El Tribunal Superior de Justicia declara la competencia del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N° 24 en un incidente de competencia por causa de estafa, considerando que los hechos encuadran en la figura del art. 172 del CP y que la maniobra informática involucra el art. 173, inc. 16, del CP.

Estafa Cuentas bancarias Correo electronico Conflicto negativo de competencia Penal cont. y faltas / nac. crim. y corr. Competencia criminal y correccional Delito no transferido


¿Quién es el actor?

No se identifica un actor en particular, el incidente surge en el contexto de una causa penal por estafa.

¿A quién se demanda?

Personas desconocidas que realizaron una transferencia de $499.000 a través de un engaño electrónico.
- Objeto de la demanda: Determinar la competencia judicial para entender en la causa por estafa y manipulación informática.
- Decisión del tribunal: El Tribunal declara competente al Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N° 24, basándose en que los hechos encuadran en la figura del art. 172 del CP, y que la utilización del link y la transferencia involucra manipulación informática del art. 173, inc. 16, del CP.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El Fiscal General Adjunto opinó que correspondía declarar la competencia de la justicia nacional, dado que los hechos debían subsumirse en la figura de estafa (art. 172, CP), y que la secuencia relatada por la denunciante autoriza a sostener que en el caso concurren el despliegue de un ardid, que mueve a error a la víctima y, en virtud del cual es posible la acción perjudicial para su patrimonio." "Por los fundamentos expresados, corresponde asignar competencia al Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional n° 24."

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