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INCIDENTE DE INCOMPETENCIA EN AUTOS BERRA, JORGE LUIS SOBRE 239 - RESISTENCIA O DESOBEDIENCIA A LA AUTORIDAD

La competencia para juzgar la desobediencia en un contexto de violencia de género recae en el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional nº 37, considerando la conexidad con causas de violencia intrafamiliar y la necesidad de unificación jurisdiccional para garantizar una correcta administración de justicia y protección de las víctimas.

Violencia domestica Conflicto negativo de competencia Delito de desobediencia Juez que previno Penal cont. y faltas / nac. crim. y corr. Competencia criminal y correccional


- Quién demanda: No aplica, se trata de un incidente de competencia.

¿A quién se demanda?

No aplica, es un incidente de competencia.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Determinar qué juzgado debe intervenir en una causa por desobediencia a una orden judicial en un contexto de violencia doméstica.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires declaró la competencia del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional nº 37, considerando que los hechos se enmarcan en un mismo contexto de violencia de género y que la continuidad de la jurisdicción en ese tribunal favorece la adecuada protección de las víctimas y la coherencia en el abordaje del caso.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La jueza Alicia E. C. Ruiz sostuvo que “los hechos que motivaron este incidente de competencia se encuadran dentro de un mismo contexto de violencia de género, doméstica o intrafamiliar. Este tipo de ilícitos presentan características específicas en tanto se prolongan a lo largo del tiempo, en el marco de una situación conflictiva continua, muchas veces cíclica, por lo cual resulta ineludible conocer las circunstancias que rodean las conductas típicas.” Además, destacó que “razones de mejor y más eficiente administración de justicia y la importancia de asegurar el cumplimiento de los compromisos internacionales asumidos para la prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres, tornan necesario que sea un único tribunal el que intervenga en todas las actuaciones.” Por su parte, el juez Lozano argumentó en favor de la competencia del juez local, pero fue en votación mayoritaria que se decidió que la competencia corresponde al Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional nº 37, apoyándose en el criterio de que “los hechos que motivaron este incidente se encuentran dentro del mismo contexto de violencia de género y que la continuidad jurisdiccional favorece la protección efectiva de las víctimas.” La resolución también remarca la importancia de la conexión entre las causas y la necesidad de una gestión unificada para garantizar la protección integral.

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