GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en FLORIANO, NORA SUSANA Y OTROS CONTRA GCBA SOBRE EMPLEO PUBLICO (EXCEPTO CESANTIA O EXONERACIONES) - EMPLEO PUBLICO-DIFERENCIAS SALARIALES
La Corte Suprema de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires denegó el recurso extraordinario federal interpuesto por el GCBA contra la sentencia que rechazó su queja por inconstitucionalidad, considerando que no se demostró la existencia de cuestión federal habilitante.
- Quién demanda: Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA)
¿A quién se demanda?
Tribunales locales en el expediente por queja por inconstitucionalidad y empleo público, específicamente en un proceso que involucra diferencias salariales en empleo público.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La admisión del recurso extraordinario federal contra la sentencia que rechazó su queja, alegando violaciones a derechos constitucionales y cuestiones de gravedad institucional.
¿Qué se resolvió?
La CSJN denegó el recurso extraordinario, concluyendo que el GCBA no acreditó la existencia de una cuestión federal que habilite su intervención, y que las cuestiones planteadas son propias de los jueces de la causa, sin que concurran las condiciones para la acción extraordinaria.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Corresponde denegar el recurso federal intentado toda vez que el GCBA no demuestra la configuración en el caso de una cuestión federal que habilite la intervención de la CSJN (cf. el art. 14 de la ley 48). La parte recurrente afirma que la decisión violó derechos constitucionales, pero no acredita la relación directa entre lo resuelto y los derechos invocados. Además, las cuestiones que pretende plantear son propias de los jueces de la causa y ajenas al trámite del recurso (Fallos: 295:548, 300:468, 301:449, 302:175, 330:4770). La doctrina de arbitrariedad no aplica, pues no se configuran deficiencias lógicas o ausencia de fundamento normativo que impidan considerar la sentencia como fundada en ley (Fallos: 312:246, 344:3689). La doctrina de gravedad institucional tampoco habilita la vía extraordinaria, pues sólo faculta a prescindir de requisitos formales, no a suplir la inexistencia de cuestión federal (Fallos: 331:2799). Por ello, se deniega el recurso con costas, sin mediación de contradicción."
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