MCA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en INCIDENTE DE RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN AUTOS NN, NN SOBRE 5 C - COMERCIO DE ESTUPEFACIENTES O CUALQUIER MATERIA PRIMA PARA SU PRODUCCION /TENENCIA CON FINES DE COMERCIALIZACION
La Cámara de Apelaciones deniega el recurso extraordinario federal contra la resolución que rechazó la queja por recurso de inconstitucionalidad, argumentando que el planteo no configura una cuestión constitucional y que las cuestiones de hecho e interpretación de normas infraconstitucional son propias de los jueces de mérito.
- Quién demanda: El abogado Gabriel Darío Radiminsky, en defensa de CAM.
¿A quién se demanda?
La resolución del Tribunal del 16 de octubre de 2024.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La admisión del recurso extraordinario federal por supuesta violación de derechos constitucionales, en particular principios de legalidad, debido proceso, perspectiva de género, y derechos del niño.
¿Qué se resolvió?
Se deniega el recurso extraordinario porque la defensa no logró demostrar la existencia de una cuestión constitucional que amerite su tratamiento y no rebatió de manera suficiente los fundamentos de la resolución recurrida.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La sentencia recurrida rechazó la queja por entender que no se configuraba una cuestión constitucional, ya que los agravios de la defensa se centraban en cuestiones de hecho, prueba e interpretación de normas infraconstitucional, propias de los jueces de mérito.
- La defensa no presentó una crítica razonada y prolija de la sentencia, ni explicó cómo la interpretación de las normas por los jueces de mérito violaba derechos constitucionales.
- La invocación genérica a principios constitucionales sin fundamentación constitucional sólida no habilita la admisión del recurso.
- La cuestión de arbitrariedad no puede ser abordada por este Tribunal, dado que la queja no tiene fundamentos suficientes y se limita a discrepancias interpretativas.
- La jurisprudencia de la Corte Suprema establece que el recurso extraordinario requiere una crítica razonada y concreta, lo cual no ocurrió.
- La decisión recurrida no constituye una sentencia definitiva susceptible de recurso extraordinario, por lo que también se deniega por esa causa.
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