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GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en ALONSO SANCHEZ, JAVIER ERNESTO NICOLAS CONTRA GCBA SOBRE EMPLEO PUBLICO (EXCEPTO CESANTIA O EXONERACIONES) - EMPLEO PUBLICO-DIFERENCIAS SALARIALES

La Corte Suprema de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deniega el recurso extraordinario federal interpuesto por el GCBA contra la sentencia que rechazó su recurso de queja en un planteo de inconstitucionalidad en empleo público. La decisión se fundamenta en la falta de configuración de una cuestión federal habilitante y en la improcedencia de revisar cuestiones que corresponden a los jueces de la causa.

Recurso extraordinario federal Remuneracion Relacion directa Empleo publico Profesionales de la salud Personal de enfermeria Cuestion no federal Adicionales de remuneracion Adicional por actividad critica


- Quién demanda: Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA)

¿A quién se demanda?

Corte Suprema de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CSJN)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso extraordinario federal contra la sentencia que rechazó su recurso de queja en un planteo de inconstitucionalidad relacionado con empleo público y diferencias salariales.

¿Qué se resolvió?

La CSJN denegó el recurso extraordinario, considerando que no se acreditó la existencia de una cuestión federal que habilite su intervención, y que las cuestiones planteadas son propias de los jueces de la causa.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Corresponde denegar el recurso federal intentado toda vez que el GCBA no demuestra la configuración en el caso de una cuestión federal que habilite la intervención de la CSJN (cf. el art. 14 de la ley 48). El recurrente afirma que la decisión de este Tribunal violó el derecho de defensa en juicio, debido proceso, derecho colectivo del trabajo, de propiedad, garantías de igualdad y legalidad, sin embargo no acredita la relación directa que habría entre lo resuelto y los derechos y garantías que invoca." "Por otra parte, todas las cuestiones que el GCBA pretende llevar a consideración de la CSJN resultan propias de los jueces de la causa y en principio ajenas al trámite del recurso intentado." "En cuanto al planteo de arbitrariedad, no corresponde al tribunal emitir pronunciamiento para mejorar su fallo. La doctrina de la arbitrariedad no busca convertir a la Corte en un tribunal de tercera instancia, sino cubrir casos excepcionales donde deficiencias lógicas o ausencia de fundamento impidan considerar la sentencia como fundada en ley." "La doctrina de la gravedad institucional tampoco autoriza la apertura de esta instancia extraordinaria, ya que sólo faculta a prescindir de ciertos requisitos formales, no a suplir la inexistencia de cuestión federal." "Las consideraciones señaladas bastan para denegar el recurso extraordinario federal."

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