METROVIAS sa s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en METROVIAS S.A. CONTRA ENTE UNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PUBLICOS DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES SOBRE RECURSO DIRECTO SOBRE RESOLUCIONES DEL ENTE UNICO REGULADOR DE SERVICIOS PUBLICOS
La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo rechazó el recurso directo de Metrovías contra la resolución del Ente Único Regulador de Servicios Públicos, confirmando la competencia del Ente y la validez del procedimiento sancionatorio.
¿Quién es el actor?
Metrovías S.A.
¿A quién se demanda?
Ente Único Regulador de Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
- Objeto de la demanda: Impugnar la resolución 934/2017 que impuso una multa de $273.095 por fallas en escaleras mecánicas y ascensores en estaciones de la línea D del subterráneo en agosto de 2016.
¿Qué se resolvió?
La Cámara rechazó el recurso de inconstitucionalidad, confirmando que el Ente actuó dentro de sus facultades y que no se vulneró el principio del non bis in idem ni la doble instancia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara sostuvo que: a) El Ente era competente para sancionar, en ejercicio de las facultades otorgadas por los arts. 46 y 138 de la CCABA, la ley 210 y la ley 757; b) La garantía del non bis in idem no se vio afectada, ya que las sanciones tenían fundamentos diferentes (sanción administrativa vs. incumplimiento contractual); c) La accionante no indicó que hubiese sido privada de defensas en el procedimiento; d) La doble instancia no fue vulnerada, dado que la Cámara realizó un control judicial suficiente, analizando los hechos y la normativa en un marco procedimental adecuado. Los jueces también destacaron que la queja no logra controvertir adecuadamente los fundamentos de la Cámara, reiterando la doctrina consolidada en precedentes del Tribunal, y que los planteos sobre competencia y garantías constitucionales son infundados. La mayoría del Tribunal rechazó la queja, confirmando la validez de la actuación del Ente y la legalidad del acto sancionatorio.
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