METROVIAS sa s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en METROVIAS S.A. CONTRA ENTE UNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PUBLICOS DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES SOBRE RECURSO DIRECTO SOBRE RESOLUCIONES DEL ENTE UNICO REGULADOR DE SERVICIOS PUBLICOS
El Tribunal Superior de Justicia denegó el recurso extraordinario federal de Metrovías contra la sentencia que rechazó su queja por inconstitucionalidad, argumentando que la cuestión planteada no es federal y que no se acreditó la relación con derechos constitucionales.
- Quién demanda: Metrovías S.A.
¿A quién se demanda?
Ente Único Regulador de Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (EURSPCABA)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La declaración de inconstitucionalidad de una sanción impuesta por el EURSPCABA y la revisión del rechazo de su queja por inconstitucionalidad.
¿Qué se resolvió?
Se deniega el recurso extraordinario federal presentado por Metrovías, confirmando la inexistencia de cuestiones federales y fundamentando que las normas locales y de derecho común no configuran una cuestión federal habilitante del recurso.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Corresponde denegar el recurso extraordinario federal interpuesto pues no logra demostrar que la cuestión cuyo conocimiento pretende someter a la instancia extraordinaria sea una de las previstas en el art. 14 de la ley 48." "El pleito fue promovido con objeto de obtener la nulidad de una sanción impuesta por el EURSPCABA, y la cuestión central estuvo relacionada con la interpretación y aplicación de normas locales y de derecho común, que resultan ajenas al recurso extraordinario." "La invocación genérica de cláusulas constitucionales no autoriza la habilitación de la vía extraordinaria, ya que no se acreditó la relación necesaria con la decisión adoptada." "La alegación de arbitrariedad de la sentencia no fue aceptada, pues no se evidenció una relación directa con los derechos y garantías constitucionales invocados." "La doctrina de la arbitrariedad requiere deficiencias lógicas o ausencia de fundamento normativo, lo cual no ocurre en este caso." "Las costas de la incidencia se imponen a la parte vencida por aplicación del principio objetivo de la derrota."
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