BARREYRO, EDUARDO DANIEL s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en BARREYRO, EDUARDO DANIEL CONTRA GCBA Y OTROS SOBRE INCIDENTE DE APELACION - ACCESO A LA INFORMACION (INCLUYE LEY 104 Y AMBIENTAL)
La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo denegó el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el abogado Eduardo Daniel Barreyro contra la regulación de honorarios en $42.900, considerando que no se acreditaba la existencia de un caso constitucional o federal. La disidencia promovió que se declare procedente la queja y se remitan las actuaciones para un nuevo pronunciamiento ajustado a derecho.
- Quién demanda: Eduardo Daniel Barreyro, letrado en causa propia.
¿A quién se demanda?
Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Que se declare la inconstitucionalidad y arbitrariedad de la regulación de honorarios de $42.900, considerándolos inferiores al mínimo legal previsto en la ley 5134.
¿Qué se resolvió?
La Cámara denegó el recurso de inconstitucionalidad por no demostrar que la resolución fuera un caso constitucional o federal, y que la regulación de honorarios resulta ajena a la competencia del Tribunal. La queja fue rechazada, confirmando que no existía un agravio de carácter constitucional.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La queja fue interpuesta en tiempo y forma, pero no evidencia la existencia de un caso constitucional o federal. Las cuestiones relativas a honorarios en procesos civiles y administrativos son de índole local y no son materia del recurso de inconstitucionalidad, que solo revisa decisiones que vulneren derechos constitucionales. La impugnación a la imposición de costas en la resolución denegatoria del recurso no es procedente en esta vía, dado que la ley 402 establece que la queja solo procede contra decisiones que denieguen recursos ante este Tribunal. La disidencia consideró que la regulación de honorarios por debajo del mínimo legal viola la ley 5134, por lo que propuso revocar la sentencia y remitir a la Cámara para un nuevo pronunciamiento. La jueza Alicia E. C. Ruiz afirmó que la queja cumplía con los requisitos de admisibilidad y que la discrepancia sobre los honorarios es una cuestión de derecho local, por lo cual el recurso de inconstitucionalidad procede.
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