INCIDENTE DE INCOMPETENCIA EN AUTOS GUERRERO GUINGUE, JUAN FRANCISCO SOBRE 119 1°PARR - ABUSO SEXUAL SIMPLE
El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires resolvió declinar la competencia en un incidente de incompetencia en autos por denuncia de abuso sexual simple, confirmando la competencia del Juzgado en lo Penal, Contravencional y Faltas nº 11, basado en la probabilidad de encuadre en la figura de acoso sexual y la naturaleza del hecho denunciado.
- Quién demanda: La Fiscalía y la víctima (damnificada)
¿A quién se demanda?
El imputado Juan Francisco Guerrero Guingue
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La competencia del juzgado para entender en la causa por denuncia de abuso sexual simple y posible encuadre en acoso sexual
¿Qué se resolvió?
El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires declaró competente al Juzgado en lo Penal, Contravencional y Faltas nº 11 para entender en la causa, rechazando la competencia del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional nº 37.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Los jueces coincidieron en que la probabilidad de encuadre legal en la contravención de acoso sexual (art. 70 CC) determina la competencia de ese juzgado. La imputación inicial, consistente en besar en el cuello y tomar por la espalda a la víctima sin su consentimiento, tiene un contenido claramente sexual. La valoración del relato y la jurisprudencia citada, como el precedente “Bazán” y la resolución “Giordano”, sustentan que el hecho encuadra en la competencia del tribunal local. La declaración de competencia fue reafirmada por la mayoría del Tribunal, en tanto la imputación puede ser ampliada y la calificación jurídica puede variar en el proceso, pero sin modificar la competencia ya establecida.
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