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GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en NOCERA, WALTER RAMON CONTRA GCBA SOBRE RECURSO DIRECTO DE REVISION POR CESANTIAS Y EXONERACIONES DE EMPLEADOS PUBLICOS (ART. 464 Y 465 CAYT)

La Sala del Tribunal Superior de Justicia rechazó la petición de suspensión del proceso planteada por el GCBA en una queja por recurso de inconstitucionalidad denegado, y ordenó la continuación del trámite del recurso. La decisión se fundamenta en la falta de justificación suficiente para exceptuar la regla que impide la suspensión, conforme a jurisprudencia consolidada.

Falta de fundamentacion Efecto suspensivo Queja por denegacion del recurso de inconstitucionalidad

Actor: GCBA (Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires) Demandado: Walter Ramón Nocera (en su carácter de recurrente) Objeto: La suspensión del proceso por la queja por inconstitucionalidad y la eventual concesión de efectos suspensivos al recurso, en virtud de la afectación del interés público. Decisión: El Tribunal Superior de Justicia rechazó la solicitud de suspensión del proceso formulada por el GCBA, por considerar que no se acreditaron razones que justifiquen excepcionar la regla que impide la suspensión del recurso de inconstitucionalidad, y ordenó la continuación del trámite de la queja.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El parte recurrente ha peticionado que el Tribunal haga excepción a la regla según la cual la queja no suspende la ejecución de la decisión contra la que se interpuso el recurso de inconstitucionalidad (art. 33, ley 402). Sin embargo, no ha dado razones, en los términos de la jurisprudencia de este Tribunal (cfr. ‘Empresa Distribuidora Sur SA s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en: Empresa Distribuidora Sur SA c/ Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor s/ recurso directo s/ resoluciones de defensa al consumidor’, expte. n° 17445, sentencia del 01-07-2020; ‘GCBA s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en: Fundación Acceso Ya c/ GCBA y otros s/ amparo (art. 14 CCABA)’, expte. n° 23728, sentencia del 28-09-2022). En virtud de ello, se rechaza la solicitud efectuada. La regla establecida en la ley 402, art. 33, impide que la queja suspenda la ejecución, salvo que se justifique en base a razones convincentes, las cuales en este caso no fueron acreditadas."

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