METROVIAS sa s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en METROVIAS S.A. CONTRA ENTE UNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PUBLICOS DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES SOBRE RECURSO DIRECTO SOBRE RESOLUCIONES DEL ENTE UNICO REGULADOR DE SERVICIOS PUBLICOS
La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo rechazó la solicitud de suspensión del proceso planteada por Metrovías SA en la queja por recurso de inconstitucionalidad denegado y continuó con el trámite del expediente.
¿Quién es el actor?
Metrovías S.A.
¿A quién se demanda?
Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
- Objeto de la demanda: Solicitud de suspensión del proceso en el marco de una queja por recurso de inconstitucionalidad denegado, respecto a una resolución sancionatoria por falta de funcionamiento de escaleras mecánicas y ascensores en estaciones del subterráneo.
- Decisión del tribunal: Rechazo la petición de suspensión del proceso formulada por Metrovías, argumentando que no ha presentado razones justificadas conforme a la jurisprudencia del Tribunal Superior. Además, ordena que se registre, notifique y continúe el trámite de la queja.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La parte recurrente ha peticionado que el Tribunal haga excepción a la regla según la cual la queja no suspende la ejecución de la decisión contra la que se interpuso el recurso de inconstitucionalidad (conforme art. 33, ley 402). Sin embargo, no ha dado razones, en los términos de la jurisprudencia de este Tribunal (cfr. 'Empresa Distribuidora Sur SA s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en: Empresa Distribuidora Sur SA (EDESUR SA) c/ Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor s/ recurso directo s/ resoluciones de defensa al consumidor', expte. n° 17445, sentencia del 01-07-2020; 'GCBA s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en: Fundación Acceso Ya c/ GCBA y otros s/ amparo (art. 14 CCABA)', expte. n° 23728, sentencia del 28-09-2022, entre otros), que justifiquen arribar a esa solución. En virtud de lo expuesto, se rechaza la solicitud efectuada."
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