METROVIAS sa s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en METROVIAS S.A. CONTRA ENTE UNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PUBLICOS DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES SOBRE RECURSO DIRECTO SOBRE RESOLUCIONES DEL ENTE UNICO REGULADOR DE SERVICIOS PUBLICOS
La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo confirmó la decisión que rechazó la queja de Metrovías contra la resolución que denegó su recurso de inconstitucionalidad, argumentando que no se vulneraron derechos constitucionales y que la competencia del ente regulador era válida.
- Quién demanda: Metrovías S.A.
¿A quién se demanda?
Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (EURSPCABA)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La nulidad absoluta de la resolución 300/2019, que le impuso una multa de $111.045 por incumplimiento en estaciones de la línea H de subterráneos en julio de 2018, alegando vicios en competencia, causa, procedimiento, motivación y afectación de garantías constitucionales.
¿Qué se resolvió?
La Cámara rechazó el recurso de inconstitucionalidad de Metrovías, confirmando la validez del acto administrativo y la competencia del EURSPCABA. La mayoría consideró que la autoridad actuó dentro de sus facultades y que no se vulneró el principio del non bis in idem ni la doble instancia; la disidencia parcial sostuvo que existían cuestiones constitucionales que debían ser revisadas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara sostuvo que el EURSPCABA tenía competencia conforme a la normativa constitucional y legal (arts. 46 y 138 de la CCABA, ley 210, ley 757, ley 4472 y ley 138), y que la sanción del ente no colisionaba con la de SBASE, diferenciando las funciones jurisdiccionales del primero y contractuales del segundo. También afirmó que la garantía del non bis in idem no se encontraba vulnerada porque las sanciones tenían origen en normativas distintas, y que el derecho a la doble instancia no había sido transgredido, ya que la Cámara realizó un control judicial suficiente. La disidencia consideró que los planteos constitucionales de Metrovías debían ser revisados por la relevancia del tema y la vulneración potencial de derechos constitucionales.
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