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ORTIZ, JUAN CARLOS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor reclamó el reajuste de su haber jubilatorio. La Cámara Federal de Apelaciones confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar parcialmente al reclamo y declaró la inconstitucionalidad de la modificación legal a la movilidad jubilatoria.

Costas Inconstitucionalidad Impuesto a las ganancias Jubilacion Seguridad social Movilidad Reajuste Ley 24.241 Ley 27.426

Reajuste del haber jubilatorio inicial

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza confirmó la sentencia de primera instancia que:
- Ordenó el recálculo de la Prestación Básica Universal (PBU) del haber inicial del actor, actualizándola conforme la doctrina de la CSJN en "Quiroga".
- Declaró la inconstitucionalidad del art. 2 de la Ley 27.426 respecto de la movilidad jubilatoria de los períodos devengados entre julio y diciembre de 2017, por ser regresiva.
- Rechazó la pretensión de la ANSES de limitar el reajuste del haber conforme a la doctrina de "Villanustre".
- Confirmó la exención del Impuesto a las Ganancias sobre la suma retroactiva a abonar.
- Impuso las costas a la ANSES. Fundamentos principales:
- La actualización de la PBU es procedente, conforme doctrina de la CSJN en "Quiroga", luego de analizar el perjuicio confiscatorio.
- La aplicación retroactiva del nuevo índice de movilidad de la Ley 27.426 para los períodos 07-12/2017 es inconstitucional por ser regresiva.
- La limitación del reajuste conforme a "Villanustre" no corresponde bajo el régimen de la Ley 24.241.
- Corresponde confirmar la exención del Impuesto a las Ganancias sobre los haberes previsionales.
- Las costas se imponen a la vencida ANSES, de conformidad con la Ley 27.423.

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