ORTIZ, JUAN CARLOS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor reclamó el reajuste de su haber jubilatorio. La Cámara Federal de Apelaciones confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar parcialmente al reclamo y declaró la inconstitucionalidad de la modificación legal a la movilidad jubilatoria.
Reajuste del haber jubilatorio inicial
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza confirmó la sentencia de primera instancia que:
- Ordenó el recálculo de la Prestación Básica Universal (PBU) del haber inicial del actor, actualizándola conforme la doctrina de la CSJN en "Quiroga".
- Declaró la inconstitucionalidad del art. 2 de la Ley 27.426 respecto de la movilidad jubilatoria de los períodos devengados entre julio y diciembre de 2017, por ser regresiva.
- Rechazó la pretensión de la ANSES de limitar el reajuste del haber conforme a la doctrina de "Villanustre".
- Confirmó la exención del Impuesto a las Ganancias sobre la suma retroactiva a abonar.
- Impuso las costas a la ANSES.
Fundamentos principales:
- La actualización de la PBU es procedente, conforme doctrina de la CSJN en "Quiroga", luego de analizar el perjuicio confiscatorio.
- La aplicación retroactiva del nuevo índice de movilidad de la Ley 27.426 para los períodos 07-12/2017 es inconstitucional por ser regresiva.
- La limitación del reajuste conforme a "Villanustre" no corresponde bajo el régimen de la Ley 24.241.
- Corresponde confirmar la exención del Impuesto a las Ganancias sobre los haberes previsionales.
- Las costas se imponen a la vencida ANSES, de conformidad con la Ley 27.423.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: