MILENI, EDGARDO FLORINDO c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD
El actor promovió demanda por reajustes de su haber previsional. La Cámara Federal de Bahía Blanca modificó la sentencia y declaró la inconstitucionalidad parcial de la ley de movilidad jubilatoria, estableciendo un nuevo índice de actualización.
Reajustes por movilidad del haber previsional
¿Qué se resolvió?
La Cámara declaró inconstitucional la fórmula de movilidad establecida en la ley 27.609 a partir de 2022, ordenando su actualización trimestral con un índice compuesto 50% por el IPC y 50% por el RIPTE. Confirmó la declaración de inconstitucionalidad del art. 82 inc. c de la ley de impuesto a las ganancias.
Principales fundamentos:
- La movilidad previsional es una garantía constitucional que debe ser reglamentada por el legislador de manera razonable y proporcional.
- La fórmula de la ley 27.609 se tornó irrazonable y generó una pérdida significativa del poder adquisitivo de los haberes.
- Corresponde fijar excepcionalmente un índice de actualización que contemple la variación del costo de vida y de los salarios.
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