LIZARRAGA ELIZABETH c/ CASINO BUENOS AIRES S.A. COMPAÑIA DE INVERSIONES EN ENTRETENIMIENTOS S.A. UTE s/DESPIDO
La demandada apeló la sentencia que hizo lugar a la demanda por despido. La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y ordenó actualizar el crédito laboral por índices y aplicar una tasa de interés del 3% anual.
Despido
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y ordenó actualizar el crédito laboral por índices y aplicar una tasa de interés del 3% anual. Sostuvo que las tasas de interés previstas en las actas de la Cámara no compensaban la pérdida del valor adquisitivo del crédito, y que aplicar esas tasas implicaría una vulneración de los derechos constitucionales del trabajador. Por ello, declaró la inconstitucionalidad de la prohibición de indexación y dispuso la actualización por índice de precios al consumidor (IPC) y una tasa de interés del 3% anual.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La Corte Suprema de Justicia de la Nación había declarado la invalidez del sistema de adecuación previsto en las actas de la Cámara por considerar que excedía las facultades de los jueces.
- Los créditos laborales tienen carácter alimentario y deben ser protegidos de manera integral, compensando la pérdida de valor adquisitivo.
- Las tasas de interés previstas legalmente resultan insuficientes para mantener incólume el valor del crédito en contextos inflacionarios.
- Declaró la inconstitucionalidad de la prohibición de indexación para preservar los derechos constitucionales del trabajador y ordenó la actualización por IPC y 3% anual.
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