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OROS GUSTAVO ALFREDO c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor promovió demanda por accidente in itinere. La Cámara Nacional de Apelaciones modificó parcialmente la sentencia y ordenó actualizar el capital de condena conforme al IPC, con una tasa de interés anual del 3%.

Tasa de interes Actualizacion monetaria Inconstitucionalidad Accidente in itinere Credito laboral Danos y perjuicios.

Accidente in itinere

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda. Modificó el pronunciamiento respecto a: 1) la actualización del capital de condena, ordenando su ajuste conforme al IPC (excepto el período 31/10/2015 a 01/05/2016 donde se aplicará RIPTE) y una tasa de interés anual del 3%; 2) redujo la tasa de interés establecida en primera instancia. En todo lo demás, confirmó la sentencia de grado. Fundamentos relevantes:
- La Cámara consideró que las tasas de interés de plaza resultan insuficientes para compensar la depreciación monetaria y la privación del capital, por lo que corresponde declarar la inconstitucionalidad de las normas que prohíben la actualización monetaria.
- Aplicó el criterio de la CSJN en los precedentes "Oliva" y "Lacuadra" sobre la improcedencia de capitalización periódica de intereses.
- Fijó la tasa de interés en el 3% anual, de conformidad con la doctrina del Alto Tribunal en "Banco Sudameris", a fin de evitar resultados manifiestamente irrazonables.

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