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FLORES, MARIA PATRICIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora reclamó el reajuste de su haber previsional. La Cámara Federal de Mendoza modificó parcialmente la sentencia, declarando la inconstitucionalidad de la fórmula de movilidad de la Ley N°27.609 y ordenando su recálculo conforme al IPC.

Inconstitucionalidad Ipc Seguridad social Reajuste de haberes Movilidad jubilatoria Ripte Isbic


- Actora: María Patricia Flores

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste del haber previsional

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Mendoza modificó parcialmente la sentencia de primera instancia. Declaró la inconstitucionalidad del decreto 807/2016, la resolución ANSES 56/2018 y la resolución de la Secretaría de Seguridad Social 6/2016 y 1/2018, debiendo aplicarse el índice ISBIC. Confirmó la declaración de inconstitucionalidad del art. 2 de la Ley 27.426 para el período julio-diciembre 2017, ordenando aplicar la Ley 26.417. Además, declaró la inconstitucionalidad del art. 1 de la Ley 27.609 y dispuso el recálculo de los haberes con el IPC a partir de marzo 2021.

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