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ONTIVEROS, LILIA MARIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora promovió demanda por reajuste de su haber jubilatorio. La Cámara Federal confirmó parcialmente la sentencia, declarando la inconstitucionalidad de resoluciones de ANSES que habían modificado el régimen de actualización.

Costas Impuesto a las ganancias Seguridad social Reajuste Haber jubilatorio Ripte Isbic

¿Qué se resolvió en el fallo?

La actora, Lilia María Ontiveros, adquirió un beneficio previsional PBU/PC/PAP moratoria
- reparto desde el 24/11/2008. Disconforme con el monto de la prestación, reclamó administrativamente su reajuste, lo que le fue denegado por ANSES. Ante ello, la actora promovió demanda judicial, obteniendo sentencia favorable. ANSES apeló la sentencia, cuestionando: 1) la determinación del haber inicial conforme al precedente "Elliff"; 2) la sustitución del índice ISBIC por el RIPTE; 3) la omisión de fijar un límite al haber reajustado; y 4) la exención del impuesto a las ganancias sobre el retroactivo. La Cámara Federal: a) Confirmó la aplicación del índice ISBIC para actualizar las remuneraciones, conforme al precedente "Elliff". b) Declaró la inconstitucionalidad de las resoluciones que habían sustituido el ISBIC por el RIPTE, manteniendo el ISBIC. c) Rechazó el planteo de limitar el haber reajustado. d) Aclaró que el retroactivo está exento del impuesto a las ganancias. e) Impuso las costas de la apelación a ANSES.

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