Automóviles Saavedra S.A. c/ Fiat Argentina S.A. s/ otros - ordinario s/ ejecución de sentencia s/ inc. de liberación de fondos
El recurso de nulidad contra la sentencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación fue rechazado. El tribunal pleno cuenta con la facultad de dictar sentencia con el voto concordante de la mayoría absoluta de sus integrantes.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Rechazo del planteo de nulidad de la sentencias de la Corte Suprema
Facultad para dictar sentencia con el voto concordante de la mayoría absoluta de los jueces que la integran
- Art. 23, segunda parte, del decreto-ley 1285/58, texto según ley 15.271
- Alcance de la referencia al "tribunal pleno"
- Se desestima la presentación
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