Bignone, Reynaldo Benito Antonio y otro s/ recurso extraordinario
El Tribunal Supremo analiza la aplicación de la regla del dos por uno a los delitos de lesa humanidad. La Corte Suprema declara admisible el recurso y deja sin efecto la sentencia apelada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Cómputo del "dos por uno" y delitos de lesa humanidad
Cómputo de la detención y de la pena
- Aplicación de la ley penal más benigna
- Regla de cómputo "dos por uno"
- Ley 24.390
- Aplicación sin distinciones del art. 2° del Código Penal, inclusive a los delitos permanentes
- Norma intermedia más benigna vigente entre la comisión de los hechos y el dictado de la condena
- No distinción de la ley para supuestos de delitos de lesa humanidad
- Se declara admisible el recurso y se deja sin efecto la sentencia apelada
- Disidencia del juez Lorenzetti: necesidad de calificar este caso como un aspecto de los delitos de lesa humanidad
- Regla de la ley 24.390 como decisión tendiente a reducir los plazos de encarcelamientos preventivos
- Valoración social de los delitos de lesa humanidad
- Disidencia del juez Maqueda: en casos de delitos permanentes no hay sucesión de leyes penales sino coexistencia y debe aplicarse la vigente en el último tramo de la conducta punible
- Diferencia con precedente "Arce" por el momento en que se materializó la detención preventiva
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