Carranza, Amanda Marta c/ Ferrocarriles Argentinos - Estado Nacional - ADIF S.E. s/ acciones reales reivindicatoria - confesoria - posesoria
La Corte Suprema de Justicia ratificó que los bienes de dominio público del Estado Nacional no pueden ser objeto de prescripción adquisitiva ni de posesión por particulares, desestimando la demanda por ocupación de un predio ferroviario.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Los bienes de dominio público que integran el patrimonio del Estado Nacional están fuera del comercio de derecho privado y por ser imprescriptibles no pueden ser objeto de una prescripción adquisitiva ni pueden ser objeto de una posesión útil por parte de terceros.
Predio que pertenece al dominio público del Estado Nacional y que es parte de la infraestructura ferroviaria afectada a la prestación de un servicio público
- Demanda promovida contra el Estado Nacional por quien había ocupado el bien por más de veinte años
- Hechos de los particulares que no son hábiles por sí solos para operar la desafectación de los bienes públicos, pues requieren inexcusablemente del asentimiento indubitable de la autoridad competente
- Se revoca la sentencia apelada y se rechaza la demanda
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