Albo, Modesta del Valle y otros c/ Giménez Viajes SRL y otros s/ daños y perjuicios
La Cámara Nacional de Apelaciones revocó la sentencia que condenaba al Estado Nacional por responsabilidad extracontractual de la Superintendencia de Seguros de la Nación debido a una supuesta omisión en el ejercicio del poder de policía.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Responsabilidad civil del Estado y alcance de la omisión antijurídica en el ejercicio del poder de policía.
Sentencia de cámara que condenó al Estado Nacional por responsabilidad extracontractual de la Superintendencia de Seguros de la Nación por cobertura insuficiente del contrato de seguro
- Seguro de un transporte internacional con máximo de US$ 210.000 por daños personales y materiales de los pasajeros
- Supuesta omisión de ejercer el poder de policía
- Improcedencia de la responsabilidad
- Requisitos para imputar la omisión
- Potestad genérica prevista en la ley 20.091
- Insuficiencia como para atribuirle responsabilidad al organismo
- Se deja sin efecto la sentencia apelada
- Voto del juez Rosenkrantz: condiciones del contrato de seguro fijadas de conformidad con la regulación emanada de la Superintendencia también se ajustaban a las pautas del Acuerdo de Transporte Internacional Terrestre inscripto como Acuerdo de Alcance Parcial en el marco de la ALADI
- Estándar de los mandatos jurídicos indeterminados
- En casos de omisión derivadas del ejercicio del poder de policía solo puede caber responsabilidad del Estado Nacional si incumplió el deber legal que le imponía evitar el evento lesivo
- El artículo 25 de la ley 20.091 no puede concebirse como una garantía de que se reparará todo daño derivado de la acción de terceros
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