Albornoz, María Elena c/ Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires s/ indemnización por fallecimiento
La Cámara revisó la sentencia y condenó al empleador al pago íntegro de la indemnización por muerte del trabajador contratado como ente cooperador, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Indemnización por muerte del trabajador contratado por el demando en su calidad de ente cooperador
Empleado que había sido contratado por el demandado, en su calidad de ente cooperador, para prestar tareas en el Registro de la Propiedad Inmueble - Existencia de un único contrato de trabajo que unió al causante con el demandado y, en forma indirecta, con el Estado Nacional - Sentencia de cámara que condena a abonar en proporción a la obligación asumida por el demandado en el pago del salario - Arbitrariedad - Pronunciamiento que no satisface las exigencias de fundamentación necesarias para considerar al pronunciamiento como un acto judicial válido - Los rubros deben ser abonados en forma íntegra por el empleador, sin perjuicio de las acciones civiles que puedan ejercerse por tratarse de una responsabilidad solidaria
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Normas que cita
- Constitución Nacional
- CCyCNCodigo civil y comercial de la nacion
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