Talleres Navales Dársena Norte S.A.C.I. y N. s/ concurso preventivo
El tribunal revocó la sentencia y ordenó a la administración pública revocar en sede administrativa un acto irregular que había generado derechos subjetivos a favor de su destinatario.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Obligación de la administración pública de revocar en sede administrativa sus actos irregulares (art. 17 de la ley 19.549)
Supuesto del acto que se encuentra firme y consentido y ha generado derechos subjetivos
- Legitimación para solicitar la declaración de nulidad de un acto revocatorio de un beneficio
- Destinatario del acto revocado que protege la norma
- Conocimiento del vicio
- Se revoca la sentencia apelada
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