EN - Procuración del Tesoro Nacional c/ (nulidad del laudo del 20 III-09) s/ recurso directo
El Estado Nacional impugnó judicialmente un laudo arbitral que hizo lugar parcialmente a la demanda de una Unión Transitoria de Empresas. La Corte Suprema de Justicia de la Nación confirmó la sentencia que denegó la revisión del laudo, al considerar que la jurisdicción arbitral fue libremente pactada y no se acreditó una falta esencial que justifique la nulidad.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Revisión judicial de un laudo arbitral dictado en el marco de la rescisión de un contrato de servicios de gerenciamiento
Contrato celebrado entre el Estado Nacional y una Unión Transitoria de Empresas
- Planteo de nulidad contra el laudo arbitral que hizo lugar en forma parcial a la demanda y condenó al Estado Nacional
- Decisiones adoptadas por tribunales arbitrales cuya jurisdicción fue libremente convenida por las partes
- Admisibilidad de la intervención de los jueces solamente mediante la vía del art. 760 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación
- Jurisdicción arbitral libremente pactada como excluyente de la jurisdicción judicial
- Planteos del recurrente que solo constituyen discrepancia respecto del laudo pero que no muestran que el árbitro haya incurrido en una falta esencial que justifique su nulidad
- Autonomía de la voluntad de las partes y libertad de contratar
- Inadmisibilidad de una revisión amplia del laudo arbitral mediante la invocación del precedente "Cartellone" (Fallos: 327:1881)
- Falta de prueba de la violación al orden público
- Improcedencia de la revisión del laudo arbitral
- Se confirma la sentencia apelada
- Disidencia del juez Maqueda: Ausencia de crítica concreta y razonada de los fundamentos desarrollos por el a quo que conduce a declarar la deserción del recurso
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