Fiscalía de Cámara s/ investigación ref. art. 441
La Corte Suprema declaró extinguida la acción penal por incumplimiento del plazo razonable en la tramitación de una causa por homicidio, ante la omisión del tribunal provincial de pronunciarse sobre la cuestión federal oportunamente planteada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Extinción de la acción penal por agotamiento del plazo procesal previsto en la Ley Orgánica de la Justicia Penal local
Plazo razonable - Procedimiento policial que desembocó en un homicidio - Omisión del superior tribunal provincial de pronunciarse sobre la cuestión federal oportunamente planteada - Obstáculo para que la Corte ejerza su competencia apelada - Se deja sin efecto la sentencia apelada
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Normas que cita
- Constitución Nacional
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