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Corte Suprema

Recurso Queja Nº 1 - HARLAP ANA MARIA c/ OSDE ORGANIZACION DE SERVICIOS DIRECTOS EMPRESARIOS s/DESPIDO

La Corte Suprema revocó la sentencia de Cámara que había encuadrado en la Ley de Contrato de Trabajo la relación entre una médica psiquiatra y la demandada, ordenando analizar en profundidad las particularidades del vínculo entre las partes.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CNT 26043/2012/1
Relacion de dependencia Medicina prepaga Sentencia arbitraria Prueba Fundamentos de la sentencia Recurso extraordinario Cuestiones de hecho Cuestion de derecho comun Contrato de trabajo Defectos en la fundamentacion normativa Apartamiento de constancias de la causa Medicos Locacion de servicios Relacion laboral Medica psiquiatra Precedente rica Libertad de horarios Reemplazo por otro Atencion de pacientes privados

¿Qué se resolvió en el fallo?

Locación de servicios médicos

Inexistencia de relación laboral - Sentencia de cámara que consideró a la relación jurídica encuadrada en la Ley de Contrato de Trabajo - Fundamento en que la demandada había reconocido la prestación de servicios de la actora, médica psiquiatra, aunque encuadrándola en una locación de servicios - Falta de tratamiento adecuado a la controversia de acuerdo con las constancia de la causa y la normativa aplicable- Remisión al precedente "Rica" (Fallos: 341:427) - La afirmación de que el contrato de locación de servicios del derecho civil ha quedado abrogado carece de basamento legal - Omisión de examinar pormenorizadamente las particularidades del vínculo mantenido entre los litigantes, puestas de manifiesto por diversas medidas de prueba que no fueron debidamente consideradas como la libertad de horarios con que los profesionales prestaban sus servicios, la posibilidad de hacerse reemplazar por otro y la atención de pacientes en forma privada para otras obras sociales o seguros médicos - Se deja sin efecto la sentencia apelada.

Normas que cita

  • Ley 20.744art. 23 · Ley de contrato de trabajo
  • Constitución Nacionalarts. 14 bis, 17, 18
  • Ley 48art. 14 · Justicia nacional
  • Ley 23.660Obras sociales

Fallos que cita

  • RicaCSJN · Fallos 341:427
  • Fallos 312:683CSJN
  • Fallos 315:2514CSJN
  • Fallos 323:2314CSJN
  • Fallos 326:3043CSJN
  • BertolaCSJN · Fallos 326:3043
  • CaironeCSJN · Fallos 338:53
  • Vigencia CooperativaCSJN · Fallos 329:3855
  • GrosvaldCSJN · Fallos 329:4032
  • FrieboesCSJN · Fallos 308:986
  • GadorCSJN · Fallos 328:2031
  • BrizuelaCSJN · Fallos 311:786
  • CollinaoCSJN · Fallos 312:246
  • RissoCSJN · Fallos 325:2534
  • Magnin LavisseCSJN · Fallos 326:183

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