Logo

CONS. DE PROP. LAS HERAS 2348/50/52 c/ CEJAS, SERGIO ERNESTO Y OTRO S/ PRUEBA ANTICIPADA

El recurrente promovió un recurso de reposición contra la intimación del depósito previo para interponer un recurso de queja. La Corte Suprema desestimó el planteo y reiteró la exigencia del depósito previo regulado en el Código Procesal Civil y Comercial.

Recurso de queja Codigo procesal civil y comercial Intimacion Tasa de justicia Exenciones Deposito previo Conflicto normativo Ley de tasas judiciales

¿Qué se resolvió en el fallo?

Fundamento legal del depósito previo del recurso de queja Ante la intimación a efectuar el depósito previsto en el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación la recurrente planteó un recurso de reposición. Argumentó que, que respecto del valor de dicho depósito existen dos normas en pugna, la ya mencionada y, por otro lado, la ley 23.898 que en su art. 6° establece la suma que se integrará en los juicios cuyo objeto litigioso no tenga valor pecuniario y que esta última resultaba más acorde a la realidad del caso. La Corte desestimó el planteo y reiteró la intimación. Señaló que el art. 6° de la ley de tasas judiciales refiere a otra instancia del proceso y que la exigencia del depósito previo en las quejas por denegación de recursos ante la Corte resulta del art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y no de las leyes nacionales en materia de sellado y tasa judicial, a las cuales aquel precepto solo se remite para incorporar la nómina de exenciones que estas contemplan.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar