BORDON, GRISELDA c/ ANSES s/HABER MÍNIMO GARANTIZADO
La actora demandó a la ANSES por la diferencia entre su haber y el mínimo garantizado. La Cámara Federal de Rosario confirmó la sentencia que ordenó a la ANSES abonar dicha diferencia.
Pago de la diferencia entre el haber que percibe la actora y el mínimo garantizado, conforme el art. 46 de la Ley 26.198.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Rosario confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda de la actora.
Los principales fundamentos de la decisión fueron:
- La legitimación pasiva de la ANSES para responder por el reclamo, dado que es la entidad obligada al pago del haber previsional.
- La procedencia del reclamo de integración al haber mínimo garantizado, en línea con la jurisprudencia de la Cámara Federal de Rosario y de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en casos similares.
- La imposición de las costas de la apelación a la demandada en virtud de lo resuelto por la CSJN en el caso "Morales", declarando la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018.
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