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LLANOS, JUANA ROSARIO c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

La actora reclamó reajuste del haber jubilatorio. La Cámara Federal confirmó la sentencia que declaró parcialmente inconstitucionales normas sobre movilidad y ordenó a la ANSeS abonar las sumas correspondientes.

Costas Inconstitucionalidad Seguridad social Movilidad Reajuste de haberes Ripte Isbic

Reajuste del haber jubilatorio

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia. Declaró la inconstitucionalidad de las resoluciones de ANSeS N° 56/2018 y de la Secretaria de Seguridad Social N° 1/2018, que establecían el RIPTE para la actualización de haberes. Aplicó la doctrina de la CSJN en "Makler, Simón" para el cómputo de servicios autónomos. Impuso las costas a la demandada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La sentencia de primera instancia cumple con los requisitos legales y no adolece de arbitrariedad. Respecto al reemplazo del ISBIC por el RIPTE, corresponde declarar su inconstitucionalidad siguiendo precedentes de esta Sala y de la CSJN. La aplicación del precedente "Makler, Simón" también resulta ajustada a derecho.

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