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MENDOZA, MARCELA PATRICIA c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

La actora promovió demanda por reajustes en su pensión por invalidez. La Cámara Federal de Rosario confirmó parcialmente la sentencia apelada y declaró la inconstitucionalidad de normas sobre movilidad de haberes.

Costas Inconstitucionalidad Pension por invalidez Movilidad de haberes Reajuste de haberes Ripte Isbic

¿Qué se resolvió en el fallo?

La Sra. Marcela Patricia Mendoza demandó a la ANSES solicitando el reajuste de su pensión por invalidez. En primera instancia, se hizo lugar parcialmente a la demanda. La ANSES apeló. La Cámara Federal de Rosario, Sala B, confirmó la sentencia apelada. Rechazó los agravios de la ANSES relativos a la extemporaneidad de la impugnación judicial, la actualización de la Prestación Básica Universal (PBU), la aplicación del ISBIC y los topes legales de la ley 24.241. En cuanto al planteo de reemplazar el ISBIC por el RIPTE, la Cámara remitió a lo resuelto en un antecedente previo ("GEREZ, Jorge Omar c/ ANSeS s/ Reajuste de Haberes"), declarando de oficio la inconstitucionalidad de las Resoluciones ANSES N° 56/2018 y de la Secretaría de Seguridad Social N° 1/2018. Asimismo, la Cámara declaró de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 157/2018 e impuso las costas de la instancia a la demandada vencida, conforme lo establecido por el artículo 36 de la Ley 27.423.

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