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CANTEROS, EDUARDO ANTONIO c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES

El actor promovió demanda por inconstitucionalidad de normas sobre movilidad jubilatoria. La Cámara Federal de Rosario confirmó el rechazo de la demanda por existir cosa juzgada en virtud de un acuerdo de reparación histórica homologado previamente.

Cosa juzgada Seguridad social Acuerdo transaccional Reparacion historica Movilidad jubilatoria


¿Quién es el actor?

CANTEROS, EDUARDO ANTONIO

¿A quién se demanda?

ANSES
- Objeto de la demanda: Declarar la inconstitucionalidad del artículo 2 de la Ley 27.426 y del Decreto 1058/17 respecto de su beneficio jubilatorio.

¿Qué se resolvió?

Se confirma la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la excepción de cosa juzgada y rechazó la demanda. Fundamentos principales:
- El actor celebró un acuerdo de reparación histórica con la ANSES en el marco de la Ley 27.260, el cual fue homologado judicialmente. Dicho acuerdo tiene efecto de cosa juzgada, por lo que la cuestión sustancial que ahora se pretende reeditar se encuentra alcanzada por ese instituto.
- La excepción de cosa juzgada tiene por finalidad asegurar la inmutabilidad o irrevocabilidad de las cuestiones resueltas con carácter firme en un proceso anterior, evitando pronunciamientos contradictorios.
- El artículo 6 de la Ley 27.260 establece que el acuerdo transaccional homologado judicialmente tiene efecto de cosa juzgada, dándose por concluido el proceso judicial.

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