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ALVAREZ, CARLOS ALBERTO c/ ESTADO NACIONAL s/SUPLEMENTOS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD

El actor reclamó la incorporación de los aumentos otorgados por decretos a sus haberes. La Cámara Federal modificó parcialmente la sentencia de primera instancia y declaró que sólo tiene carácter remunerativo el adicional transitorio creado por los decretos.

Personal militar Precedentes de la corte suprema Suplementos Compensaciones Caracter remunerativo Adicional transitorio Caracter particular Decretos 1095 06 y 871 07

Incorporación a sus haberes de los aumentos otorgados por los Decretos 1095/06 y 871/07

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal hace lugar parcialmente al recurso de apelación interpuesto por el Estado Nacional, revoca parcialmente la sentencia de primera instancia y declara que sólo tiene carácter remunerativo y bonificable el "adicional transitorio, no remunerativo y no bonificable" previsto en los arts. 5 de los decretos 1095/06 y 871/07.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Corte Suprema ha establecido que los suplementos y compensaciones creados por el Decreto 2769/93 tienen carácter particular y no pueden considerarse como parte del sueldo.
- La Corte también ha reconocido el carácter general de los "adicionales transitorios" creados por los decretos posteriores que modificaron el Decreto 2769/93.
- De acuerdo a los precedentes de la Corte Suprema, sólo el "adicional transitorio" tiene carácter remunerativo, mientras que los demás suplementos y compensaciones creados por esos decretos tienen carácter particular.

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