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PESOA, ELBIO c/ INSSJP PAMI s/AMPARO LEY 16.986

El actor promovió acción de amparo solicitando su afiliación al PAMI. La Cámara Federal de Paraná revocó la sentencia y ordenó al PAMI que afilie al amparista en carácter de titular de pensión no contributiva por invalidez.

Amparo Pami Afiliacion Invalidez Programa incluir salud Pension no contributiva


¿Quién es el actor?

Elbio Pesoa

¿A quién se demanda?

Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP
- PAMI)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Solicitar su afiliación al PAMI y la inaplicabilidad del art. 10 de la Resolución INSSJP 1100/06 que le impide su incorporación.

¿Qué se resolvió?

Se hace lugar al recurso de apelación, se revoca la sentencia de primera instancia y se ordena al PAMI afiliar al Sr. Elbio Pesoa en carácter de titular por ser beneficiario de una pensión no contributiva por invalidez.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara Federal de Paraná ha resuelto en reiterados precedentes que los titulares de pensiones no contributivas por invalidez tienen derecho a afiliarse al PAMI, ya sea como afiliados directos o como adherentes, aunque sean beneficiarios del Programa Federal "Incluir Salud". Este criterio ha sido avalado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

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