DIBLASI, SILVIA CARLA Y OTRO c/ BANCO DE LA NACION ARGENTINA s/LEY DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR
Los actores promovieron demanda por readecuación de contrato de mutuo con garantía hipotecaria y nulidad de cláusula. La Cámara Federal de Mendoza confirmó el rechazo de la demanda al considerar que no se acreditó la excesiva onerosidad sobreviniente de la prestación.
- Actores: Silvia Carla Diblasi y Marcos Javier Persia
¿A quién se demanda?
Banco de la Nación Argentina
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Readecuación de contrato de mutuo con garantía hipotecaria e indexado en UVA, y nulidad de cláusula.
¿Qué se resolvió?
Se rechaza la demanda. El tribunal consideró que, si bien se acreditó la alteración extraordinaria de las circunstancias por la inflación, no se demostró que la cuota del crédito haya devenido excesivamente onerosa en relación a los ingresos de los actores.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Para que proceda la readecuación de un contrato por excesiva onerosidad sobreviniente se requiere: 1) alteración extraordinaria de circunstancias, 2) que la alteración sea ajena a las partes y al riesgo asumido, y 3) que la prestación se haya tornado excesivamente onerosa.
- Si bien se acreditó la alteración extraordinaria de circunstancias por la inflación, no se demostró que la cuota del crédito haya devenido excesivamente onerosa en relación a los ingresos de los actores, que no superaron el 30% de los mismos.
- El juez analizó adecuadamente la prueba, en particular la pericia contable, sin que se advierta falta de fundamentación.
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