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C., F. F. c/ OMINT s/PRESTACIONES MEDICAS

El actor reclamó la cobertura de prótesis e instrumental médico por parte de su obra social. La Cámara Federal de Apelaciones confirmó la sentencia que hizo lugar al reclamo al considerar prioritario el derecho a la salud sobre las limitaciones de cobertura del plan de salud.

Obra social Derecho a la salud Protesis Cobertura medica Amparo

Cobertura de prótesis e instrumental médico indicados por el médico tratante

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Apelaciones confirmó la sentencia que hizo lugar al reclamo del actor. Fundamentos principales:
- El derecho a la preservación de la salud, si bien no está expresamente consagrado en la Constitución Nacional, se considera un derecho implícito que surge de los principios de soberanía popular y forma republicana de gobierno.
- Este derecho a la salud tiene jerarquía constitucional a través de tratados internacionales sobre derechos humanos.
- Las limitaciones de cobertura del PMO no pueden afectar el derecho a la salud, que debe primar por sobre ellas.
- La prótesis indicada por el médico tratante posee un potencial terapéutico adecuado, por lo que su cobertura no puede negarse.

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