M., A. M. c/ SADAIC SERVICIO MEDICO MUTUAL s/AMPARO CONTRA ACTOS DE PARTICULARES
La actora promovió acción de amparo contra SADAIC Servicio Médico Mutual. La Cámara Federal de Apelaciones declaró abstracta la acción debido al fallecimiento de la amparista.
Acción de amparo
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal declaró abstracta la acción de amparo debido al fallecimiento de la amparista. Confirmó los honorarios del abogado de la actora y reguló los honorarios de segunda instancia. La Cámara Federal consideró que el fallecimiento de la amparista determinó la abstracción del planteo efectuado, ya que la cuestión que motivó el amparo carecía de virtualidad jurídica al momento de dictarse sentencia. Sostuvo que las sentencias no pueden ser inoficiosas e inconducentes, y que la pretensión del justiciable debe subsistir al momento de resolver el conflicto. Respecto a las costas, la Cámara entendió que la imposición a la demandada era procedente, ya que fue por la iniciación de estas actuaciones que la amparista obtuvo el reconocimiento de sus derechos. En cuanto a las costas de Alzada, consideró que correspondía imponerlas a la parte accionada vencida, salvo supuestos excepcionales que no concurrían en el caso. En cuanto a los honorarios, la Cámara los consideró ajustados a derecho, teniendo en cuenta la labor profesional realizada, la complejidad e importancia del juicio y la ausencia de monto base arancelaria.
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