PEIRETTI, ROBERTO DANIEL c/ OSDE Y OTRO s/AMPARO LEY 16.986
El actor promovió acción de amparo para mantener la afiliación y cobertura médica con OSOCNA y OSDE. La Cámara Federal de La Plata confirmó la sentencia que hizo lugar al amparo.
Mantener la afiliación y cobertura médica integral de Peiretti y su cónyuge Liliana Irene Muñoz con el Plan 2 210 de OSDE, a pesar de haber obtenido el beneficio jubilatorio.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia que hizo lugar al amparo, ordenando a las obras sociales que mantengan la afiliación y garanticen la cobertura médica integral del actor y su cónyuge, con la derivación mensual de los aportes de su jubilación y el pago de la diferencia por parte del actor.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara consideró que el actor tenía derecho a permanecer afiliado a las obras sociales a pesar de haberse jubilado, ya que la normativa no impide expresamente que quienes gozaban de una cobertura previa puedan continuar en ella. Además, señaló que privar al actor de la cobertura médica podría acarrear consecuencias irreversibles en su salud.
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