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G., R. O. c/ PAMI- INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS s/AMPARO LEY 16.986

El actor promovió demanda de amparo para obtener la cobertura de medicación indicada por su médico. La Cámara Federal confirmó la sentencia que ordenó a la obra social cubrir el costo del tratamiento.

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¿Qué se resolvió?

Se confirmó la sentencia de primera instancia que ordenó a PAMI-INSSJP cubrir el costo de la medicación. Los principales fundamentos de la decisión fueron:
- Los médicos tienen atribuciones para decidir el tratamiento más apropiado para cada paciente, dentro de los límites de la ciencia y la razonabilidad. En este caso, el medicamento fue indicado por la médica tratante debido a la patología del actor.
- La obra social no ofreció una alternativa de tratamiento y solo rechazó la cobertura alegando insuficiente aval científico por la edad del paciente.
- La Corte Suprema ha establecido que el Programa Médico Obligatorio debe interpretarse en armonía con el principio de acceso a los bienes y servicios básicos para la salud, pudiendo reconocerse en casos excepcionales una mayor amplitud a los límites establecidos.
- En el caso concreto, dada la gravedad del cuadro médico y la indicación de la médica tratante, corresponde subsumir la situación entre los casos excepcionales que ameritan una interpretación más amplia.

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