ZAPATA, HILDA MABEL c/ ORGANIZACION DE SERVICIOS DIRECTOS EMPRESARIOS Y OTRO s/AMPARO LEY 16.986
La actora demandó a la empresa de medicina prepaga por el incremento irrazonable de las cuotas. La Cámara Federal revocó la sentencia y admitió la acción, ordenando la suspensión de los aumentos.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Sra. Zapata promovió una acción de amparo contra la empresa de medicina prepaga OSDE y el Estado Nacional, reclamando la suspensión de los incrementos en las cuotas dispuestos por la empresa. En primera instancia, el juez federal rechazó la demanda. La Cámara Federal de Apelaciones de La Plata revocó esa decisión y admitió la acción de amparo. Sostuvo que la cuestión debatida mantiene actualidad y justifica una respuesta jurisdiccional, ya que compromete derechos constitucionales como la salud y la protección del consumidor. Remitió a la doctrina sentada en el precedente "Ramírez", donde se señaló que si bien el Poder Ejecutivo puede regular la actividad de las empresas de medicina prepaga, éstas están sujetas al control estatal por la función social que cumplen. Concluyó que el accionar de OSDE al disponer los aumentos de manera unilateral y sin justificación razonable, resulta contrario a las normas de protección de usuarios y consumidores. Por ello, revocó la sentencia y admitió la acción de amparo, ordenando a OSDE la suspensión de los incrementos cuestionados. Impuso las costas a la empresa vencida.
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