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OVIEDO, MARIA OLFILIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora reclamó el reajuste de su haber previsional. La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba modificó parcialmente la sentencia y dejó sin efecto la aplicación del precedente Elliff para la redeterminación del haber inicial.

Costas Exencion impuesto a las ganancias Reajuste de haberes previsionales Inconstitucionalidad ley 27 426 Doctrina badaro Doctrina elliff


- Actora: María Olfilia Oviedo

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste del haber previsional

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, dejando sin efecto la aplicación del precedente "Elliff" para la redeterminación del haber inicial, pero confirmando lo demás decidido. Los fundamentos principales de la Cámara fueron:
- La doctrina del fallo "Elliff" de la CSJN no resulta aplicable al caso, al tratarse de aportes autónomos de la actora.
- Corresponde confirmar la aplicación del precedente "Badaro" para la movilidad del haber.
- Se declara la inconstitucionalidad del art. 2 de la Ley 27.426 y la aplicación de la Ley 26.417 para el ajuste de marzo de 2018.
- Se confirma la exención del impuesto a las ganancias, de acuerdo a la jurisprudencia de la CSJN.
- Las costas se imponen por su orden en esta instancia.

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